Planeación fiscal para disminuir la carga del IETU en las maquiladoras [recurso electrónico] / Brenda Gissel Abril Valenciana ; directora Esther Eduviges Corral Quintero.

Por: Abril Valenciana, Brenda GisselColaborador(es): Corral Quintero, Esther Eduviges [dir.] | Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias AdministrativasTipo de material: Archivo de ordenadorArchivo de ordenadorDetalles de publicación: Mexicali, Baja California, 2010Descripción: 1 recurso en línea ; 102 p: il. colTema(s): Industrias manufactureras -- Impuestos -- México -- Tesis y disertaciones académicas | Impuesto empresarial a tasa unica -- México -- Tesis y disertaciones académicas | Impuesto sobre la renta -- México -- Tesis y disertaciones académicasClasificación LoC:HD2753.M6 | A27 2010Recursos en línea: Tesis digitalArchivo de ordenador Nota de disertación: Tesis (Especialidad) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2010. Resumen: La "maquiladora" es la versión mexicana o latinoamericana de lo que en general se conoce como "zona de procesamiento para la exportación" (ZPE). La maquiladora o planta de procesamiento para la exportación es una planta manufacturera de propiedad local o extranjera, que opera conjuntamente con empresas extranjeras. Se hace mención que en este proyecto se trabajara con empresas de origen inversión extranjera con ventas de exportación y nacionales. Este tipo de empresas tienen insumos intermedios o bienes empleados en la producción de otros bienes que no cambian su propiedad, sino que son objeto de alguna acción menor, y luego regresan a su lugar de origen. En principio, la razón de este movimiento no tiene por qué ser la de salarios inferiores. Puede estar referida a una especialización externa a la empresa que, por razones de escala y costos, no convenga absorber físicamente. Las maquilas o maquiladoras constituyen una de las modalidades preferidas por los países industrializados para mejorar su competitividad internacional aprovechando los salarios bajos de las naciones menos desarrolladas. En éstas, la mano de obra suele ser mayoritariamente femenina. Estas maquiladoras no transfieren tecnología avanzada a los países donde funcionan, pues se dedican solamente a ensamblar insumos importados desde otro país para reexportarlos luego. Frecuentemente las maquiladoras gozan de exenciones tributarias ya que se localizan en zonas especiales de exportación. En este trabajo se trató como tema de investigación si existe una planeación fiscal para disminuir la carga fiscal del IETU de empresas maquiladoras ya que actualmente es una problemática a la cual se están enfrentando, principalmente aquellas cuyas operaciones son mixtas es decir realizan ventas en el extranjero y en México. Por esto a continuación se define que la planeación fiscal es toda aquella aplicación de estrategias que permiten reducir, eliminar o diferir la carga tributaria del contribuyente, apegándose siempre a lo permitido por las leyes, contando con el soporte documental que demuestre su licitud, procurando el menor riesgo. Por su parte la ley del IETU entra en vigor a partir del ejercicio 2008 para establecer un gravamen complementario del Impuesto sobre la renta (ISR), la cual entra en vigor a partir del 1 de enero de 2008. Anteriormente en la creación de este nuevo impuesto las empresas maquiladoras en su mayoría de casos les resultaba al final del ejercicio un saldo a favor de ISR, por concepto de tener derecho a aplicar el estimulo fiscal para maquiladoras estipulado en el decreto publicado en el Diario Oficial el 13 de Octubre de 2003; sin embargo con el IETU a la mayoría de las maquiladoras les resultó impuesto a cargo del mismo, ya que algunas deducciones principalmente la del pago de previsión social a los empleados no se podrá deducir para efectos del cálculo del IETU, además otros efectos ocultos como lo son la disminución de los créditos y el momento de acumulación de los ingresos y deducción de los gastos. En el transcurso de la investigación se estudiaron las distintas disposiciones fiscales referentes a las deducciones y créditos permitidos para la disminución del IETU, opciones de las cuales el contribuyente podría recurrir para disminuir este impuesto legalmente. Por su parte también se efectuaron distintas pruebas las cuales consisten en determinaciones del impuesto a cargo de IETU e ISR, manejando las distinas opciones de deducción que pudiere emplear la empresa maquiladora y así de esta manera seleccionar la más adecuada y que cumpla con los requisitos de deducibilidad, y financieramente no afecte a la empresa en su flujo de efectivo o balance. En relación a lo anteriormente mencionado, de esta manera la investigación arrojo los siguientes resultados: PRIMERO: De acuerdo a las pruebas efectuadas en el transcurso de este proyecto de investigación, planeaciones o estrategias fiscales para efectos de disminuir la carga tributaria. Algunas de ellas principalmente para efectos de IETU, es planear la acumulación de los ingresos y la deducción de los gastos ya que sus momentos de acumulación y deducción son cuando efectivamente se cobre o pague la contraprestación. SEGUNDO: Por otra parte también se llego a la conclusión que una empresa maquiladora con ventas de exportación y nacionales, puede separar su utilidad contable para efectos de determinar el beneficio de maquila para efectos del IETU y así de esta manera diferir su impuesto del ejercicio a cargo.
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Existencias
Tipo de ítem Biblioteca actual Colección Signatura Copia número Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Tesis Facultad de Ciencias Administrativas
Colección de Tesis HD2753 .M6 A27 2010 (Browse shelf(Abre debajo)) 1 Disponible FCA008321

Especialidad en Fiscal.

Tesis (Especialidad) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2010.

Incluye referencias bibliográficas.

La "maquiladora" es la versión mexicana o latinoamericana de lo que en general se conoce como "zona de procesamiento para la exportación" (ZPE). La maquiladora o planta de procesamiento para la exportación es una planta manufacturera de propiedad local o extranjera, que opera conjuntamente con empresas extranjeras. Se hace mención que en este proyecto se trabajara con empresas de origen inversión extranjera con ventas de exportación y nacionales. Este tipo de empresas tienen insumos intermedios o bienes empleados en la producción de otros bienes que no cambian su propiedad, sino que son objeto de alguna acción menor, y luego regresan a su lugar de origen. En principio, la razón de este movimiento no tiene por qué ser la de salarios inferiores. Puede estar referida a una especialización externa a la empresa que, por razones de escala y costos, no convenga absorber físicamente. Las maquilas o maquiladoras constituyen una de las modalidades preferidas por los países industrializados para mejorar su competitividad internacional aprovechando los salarios bajos de las naciones menos desarrolladas. En éstas, la mano de obra suele ser mayoritariamente femenina. Estas maquiladoras no transfieren tecnología avanzada a los países donde funcionan, pues se dedican solamente a ensamblar insumos importados desde otro país para reexportarlos luego. Frecuentemente las maquiladoras gozan de exenciones tributarias ya que se localizan en zonas especiales de exportación. En este trabajo se trató como tema de investigación si existe una planeación fiscal para disminuir la carga fiscal del IETU de empresas maquiladoras ya que actualmente es una problemática a la cual se están enfrentando, principalmente aquellas cuyas operaciones son mixtas es decir realizan ventas en el extranjero y en México. Por esto a continuación se define que la planeación fiscal es toda aquella aplicación de estrategias que permiten reducir, eliminar o diferir la carga tributaria del contribuyente, apegándose siempre a lo permitido por las leyes, contando con el soporte documental que demuestre su licitud, procurando el menor riesgo. Por su parte la ley del IETU entra en vigor a partir del ejercicio 2008 para establecer un gravamen complementario del Impuesto sobre la renta (ISR), la cual entra en vigor a partir del 1 de enero de 2008. Anteriormente en la creación de este nuevo impuesto las empresas maquiladoras en su mayoría de casos les resultaba al final del ejercicio un saldo a favor de ISR, por concepto de tener derecho a aplicar el estimulo fiscal para maquiladoras estipulado en el decreto publicado en el Diario Oficial el 13 de Octubre de 2003; sin embargo con el IETU a la mayoría de las maquiladoras les resultó impuesto a cargo del mismo, ya que algunas deducciones principalmente la del pago de previsión social a los empleados no se podrá deducir para efectos del cálculo del IETU, además otros efectos ocultos como lo son la disminución de los créditos y el momento de acumulación de los ingresos y deducción de los gastos. En el transcurso de la investigación se estudiaron las distintas disposiciones fiscales referentes a las deducciones y créditos permitidos para la disminución del IETU, opciones de las cuales el contribuyente podría recurrir para disminuir este impuesto legalmente. Por su parte también se efectuaron distintas pruebas las cuales consisten en determinaciones del impuesto a cargo de IETU e ISR, manejando las distinas opciones de deducción que pudiere emplear la empresa maquiladora y así de esta manera seleccionar la más adecuada y que cumpla con los requisitos de deducibilidad, y financieramente no afecte a la empresa en su flujo de efectivo o balance. En relación a lo anteriormente mencionado, de esta manera la investigación arrojo los siguientes resultados: PRIMERO: De acuerdo a las pruebas efectuadas en el transcurso de este proyecto de investigación, planeaciones o estrategias fiscales para efectos de disminuir la carga tributaria. Algunas de ellas principalmente para efectos de IETU, es planear la acumulación de los ingresos y la deducción de los gastos ya que sus momentos de acumulación y deducción son cuando efectivamente se cobre o pague la contraprestación. SEGUNDO: Por otra parte también se llego a la conclusión que una empresa maquiladora con ventas de exportación y nacionales, puede separar su utilidad contable para efectos de determinar el beneficio de maquila para efectos del IETU y así de esta manera diferir su impuesto del ejercicio a cargo.

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