Multas de las declaraciones informativas de operaciones con terceros y su ilegalidad [recurso electrónico] / Rocio Arlene Zarrabal Olmos ; asesor Ana Cecilia Bustamante Valenzuela.

Por: Zarrabal Olmos, Rocio ArleneColaborador(es): Bustamante Valenzuela, Ana Cecilia [dir.] | Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias AdministrativasTipo de material: Archivo de ordenadorArchivo de ordenadorDetalles de publicación: Mexicali, Baja California, 2010Descripción: 1 recurso en línea, iii, 26 pTema(s): Impuestos -- México -- Tesis y disertaciones académicas | Impuestos -- Administración y procedimiento -- México -- Tesis y disertaciones académicasClasificación LoC:HJ2466 | Z37 2010Recursos en línea: Tesis digitalArchivo de ordenador Nota de disertación: Tesis (Especialidad) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2010. Resumen: La declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) es una obligación fiscal prevista en la Ley de IVA, que consiste en proporcionar mensualmente al Servicio de Administración Tributaria (SAT), información sobre las operaciones con sus proveedores. Esta declaración informativa de operaciones con terceros sustituye a la declaración informativa de clientes y proveedores, que se presentaba en el mes de febrero de cada año. El presente trabajo tiene por objeto el demostrar que las multas por no presentar las DIOT son inconstitucionales. El método utilizado para realizar este análisis, fue el descriptivo ya que se analizó el fundamento legal de la obligación que impone el Servicio de administración tributaria de presentar las "Declaraciones Informativas de Operaciones con Terceros", aún y cuando al no llevar a cabo dicha obligación, el contribuyente es acreedor a una multa por no cumplir con la obligación de presentar las informativas. Las principales conclusiones que se determinaron son que, al no estar debidamente fundamentadas y motivadas en ley las multas por no presentar las DIOT, resultan inconstitucional el que la autoridad las imponga, ya que se hace mención al referido principio general de derecho que dice: "Las autoridades solamente pueden hacer lo que la Ley expresamente les permite", y en este caso la autoridad va mas allá de lo establecido por la norma pretendiendo imponer la multa sin soporte
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Especialidad en Fiscal.

Tesis (Especialidad) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2010.

Incluye referencias bibliográficas.

La declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) es una obligación fiscal prevista en la Ley de IVA, que consiste en proporcionar mensualmente al Servicio de Administración Tributaria (SAT), información sobre las operaciones con sus proveedores. Esta declaración informativa de operaciones con terceros sustituye a la declaración informativa de clientes y proveedores, que se presentaba en el mes de febrero de cada año. El presente trabajo tiene por objeto el demostrar que las multas por no presentar las DIOT son inconstitucionales. El método utilizado para realizar este análisis, fue el descriptivo ya que se analizó el fundamento legal de la obligación que impone el Servicio de administración tributaria de presentar las "Declaraciones Informativas de Operaciones con Terceros", aún y cuando al no llevar a cabo dicha obligación, el contribuyente es acreedor a una multa por no cumplir con la obligación de presentar las informativas. Las principales conclusiones que se determinaron son que, al no estar debidamente fundamentadas y motivadas en ley las multas por no presentar las DIOT, resultan inconstitucional el que la autoridad las imponga, ya que se hace mención al referido principio general de derecho que dice: "Las autoridades solamente pueden hacer lo que la Ley expresamente les permite", y en este caso la autoridad va mas allá de lo establecido por la norma pretendiendo imponer la multa sin soporte

Requerimientos del sistema: PC procesador 486 (mínimo o superior); Windows XP (mínimo o superior); Acrobat Reader; lector de CD.

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