Recuperación del impuesto sobre depósitos en efectivo (IDE) [recurso electrónico] : bajo el régimen de pequeño contribuyente / Viridiana Berenice Lucía Arias Tapia ; directora Blanca Estela López López.

Por: Arias Tapia, Viridiana Berenice LucíaColaborador(es): López López, Blanca Estela [dir.] | Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias AdministrativasTipo de material: Archivo de ordenadorArchivo de ordenadorDetalles de publicación: Mexicali, Baja California, 2010Descripción: 1 recurso en línea, 31 p. ; il. colTema(s): Depositos bancarios -- Impuestos -- México -- Tesis y disertaciones académicas | Inversiones -- Impuestos -- México -- Tesis y disertaciones académicas | Ahorro e inversión -- Tesis y disertaciones académicasClasificación LoC:KGF4646 | A75 2010Recursos en línea: Tesis digitalArchivo de ordenador Nota de disertación: Tesis (Especialidad) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2010. Resumen: El Impuesto a los depósitos en efectivo (IDE) surge a través de la reforma fiscal del 2007, establece un régimen tributario general en donde no hace distinción del nivel de ingresos gravando a la tasa del 3% los depósitos en efectivo que excedan de 15,000.00 mensuales a partir del año 2010. Las personas físicas régimen pequeños contribuyentes son las principales afectadas, debido a que el pago de sus impuestos lo realizan a través de talonarios que establecen una cuota fija determinada en base a sus ingresos estimados. Esto crea incertidumbre para el pequeño contribuyente al no conocer un procedimiento establecido en ley que señale como acreditar, compensar o solicitar en devolución el impuesto sobre depósitos en efectivo.El método utilizado en esta investigación fue el exploratorio ya que al ser el IDE un impuesto prácticamente nuevo no se contó con un modelo anterior como base de estudio. Se documento en forma tan completa como fue posible. La meta del estudio consistió en describir en su carácter excepcional la forma de acreditar, compensar o solicitar en devolución este impuesto bajo la figura de REPECO. Las principales conclusiones que se determinaron son que, al tributar bajo el régimen de pequeño contribuyente, no se podrá acreditar o compensar el IDE contra ISR debido a que los REPECOS realizan sus pagos en base a ingresos estimados y las cuotas bimestrales son fijas. Se puede tramitar la devolución del IDE mas sin embargo, se corre el riesgo de que sea negado por la autoridad por no cumplir con los requisitos establecidos en esta ley, los cuales son previo a la solicitud de devolución tratar de acreditar o compensar dicho impuesto y además debe estar dictaminada por contador ...
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Especialidad en Fiscal.

Tesis (Especialidad) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2010.

Incluye referencias bibliográficas.

El Impuesto a los depósitos en efectivo (IDE) surge a través de la reforma fiscal del 2007, establece un régimen tributario general en donde no hace distinción del nivel de ingresos gravando a la tasa del 3% los depósitos en efectivo que excedan de 15,000.00 mensuales a partir del año 2010. Las personas físicas régimen pequeños contribuyentes son las principales afectadas, debido a que el pago de sus impuestos lo realizan a través de talonarios que establecen una cuota fija determinada en base a sus ingresos estimados. Esto crea incertidumbre para el pequeño contribuyente al no conocer un procedimiento establecido en ley que señale como acreditar, compensar o solicitar en devolución el impuesto sobre depósitos en efectivo.El método utilizado en esta investigación fue el exploratorio ya que al ser el IDE un impuesto prácticamente nuevo no se contó con un modelo anterior como base de estudio. Se documento en forma tan completa como fue posible. La meta del estudio consistió en describir en su carácter excepcional la forma de acreditar, compensar o solicitar en devolución este impuesto bajo la figura de REPECO. Las principales conclusiones que se determinaron son que, al tributar bajo el régimen de pequeño contribuyente, no se podrá acreditar o compensar el IDE contra ISR debido a que los REPECOS realizan sus pagos en base a ingresos estimados y las cuotas bimestrales son fijas. Se puede tramitar la devolución del IDE mas sin embargo, se corre el riesgo de que sea negado por la autoridad por no cumplir con los requisitos establecidos en esta ley, los cuales son previo a la solicitud de devolución tratar de acreditar o compensar dicho impuesto y además debe estar dictaminada por contador ...

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