Declaraciones y pagos electrónicos ante el servicio de administración tributaria. [recurso electrónico] / Karina Campoy Cárdenas; director María del Mar Obregón Angulo.
Tipo de material: Archivo de ordenadorDetalles de publicación: Mexicali, Baja California, 2009Descripción: 1 recurso en línea, 45 p. ; il. colTema(s): Impuestos -- México -- Tesis y disertaciones académicas | Impuestos sobre la renta -- Tesis y disertaciones académicasClasificación LoC:KGF4550 | C35 2009Recursos en línea: Tesis digital Nota de disertación: Tesis (Especialidad) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2009. Resumen: El Servicio de declaraciones y pagos es el insumo principal de información del proceso recaudatorio de las autoridades hacendarias y con el objeto de cumplir con sus metas de recaudación determinaron una nueva forma de presentar declaraciones y pagar impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria, que consiste en una solución electrónica integral, a través del cual los contribuyentes deben presentar por medio de la página de Internet por cada grupo de obligaciones fiscales derivadas de dichos impuestos; las declaraciones provisionales o definitivas, del ejercicio, e informativas, de conformidad con el procedimiento establecido para tal efecto en las reglas I.2.14.1 y II.2.12.1 de la resolución miscelánea fiscal. Los contribuyentes que deben utilizar el servicio de declaraciones y pagos empezaron a partir de mayo de 2009 presentando pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de abril del sector financiero, sociedades mercantiles controladoras y controladas, y personas morales del título II de la Ley del ISR, que en el último ejercicio fiscal declarado hayan obtenido ingresos acumulables iguales o superiores a 500 millones de pesos. Adicionalmente a los contribuyentes antes señalados, a partir de noviembre también se encuentra el Poder Legislativo, el Poder Judicial de la Federación y la Administración Pública Centralizada, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, los organismos constitucionalmente autónomos, la Comisión Federal de Electricidad, el Instituto Mexicano del Seguro Social e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado. El resto de los contribuyentes utilizarán este servicio de manera paulatina, conforme se informe a través de la página del SAT por Internet. Por dichas razones se llevó a cabo este caso de estudio como apoyo a contadores, administradores, empresarios así como a cualquier otra persona que tenga interés, en cómo y de qué forma se deben presentar las Declaraciones y Pagos ante este nuevo sistema recaudatorio del SAT, para facilitar su cumplTipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Tesis | Facultad de Ciencias Administrativas | Área de Préstamo | KGF4550 C35 2009 (Browse shelf(Abre debajo)) | 1 | Disponible | FCA008373 |
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Especialidad en Fiscal.
Tesis (Especialidad) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2009.
Incluye referencias bibliográficas.
El Servicio de declaraciones y pagos es el insumo principal de información del proceso recaudatorio de las autoridades hacendarias y con el objeto de cumplir con sus metas de recaudación determinaron una nueva forma de presentar declaraciones y pagar impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria, que consiste en una solución electrónica integral, a través del cual los contribuyentes deben presentar por medio de la página de Internet por cada grupo de obligaciones fiscales derivadas de dichos impuestos; las declaraciones provisionales o definitivas, del ejercicio, e informativas, de conformidad con el procedimiento establecido para tal efecto en las reglas I.2.14.1 y II.2.12.1 de la resolución miscelánea fiscal. Los contribuyentes que deben utilizar el servicio de declaraciones y pagos empezaron a partir de mayo de 2009 presentando pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de abril del sector financiero, sociedades mercantiles controladoras y controladas, y personas morales del título II de la Ley del ISR, que en el último ejercicio fiscal declarado hayan obtenido ingresos acumulables iguales o superiores a 500 millones de pesos. Adicionalmente a los contribuyentes antes señalados, a partir de noviembre también se encuentra el Poder Legislativo, el Poder Judicial de la Federación y la Administración Pública Centralizada, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, los organismos constitucionalmente autónomos, la Comisión Federal de Electricidad, el Instituto Mexicano del Seguro Social e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado. El resto de los contribuyentes utilizarán este servicio de manera paulatina, conforme se informe a través de la página del SAT por Internet. Por dichas razones se llevó a cabo este caso de estudio como apoyo a contadores, administradores, empresarios así como a cualquier otra persona que tenga interés, en cómo y de qué forma se deben presentar las Declaraciones y Pagos ante este nuevo sistema recaudatorio del SAT, para facilitar su cumpl
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