Inconstitucionalidad del artículo 137 de la ley del impuesto sobre la renta [recurso electrónico] / Luis Alberto Sánchez Pérez; director, Gustavo Sánchez Vázquez.
Tipo de material: Archivo de ordenadorDetalles de publicación: Mexicali, Baja California, 2006Descripción: 1 recurso en línea, 27 p. ; il. colTema(s): Impuestos -- México -- Tesis y disertaciones académicasClasificación LoC:HJ4664 | S352 2006Recursos en línea: Tesis digital Nota de disertación: Tesis (Especialidad) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2006. Resumen: Mediante la presente investigación se pretende demostrar la ilegalidad e inconstitucionalidad del articulo 137 de la Ley del impuesto sobre la renta ya que derivado de su reforma en el año de 2002 hasta la fecha se ha venido causando un grave perjuicio y un doloso agravio al pequeño contribuyente que enajena mercancías de comercio exterior aunque estas sean mínimas pues esta nunca motiva y fundamenta el porque conforme a los principios de legalidad, equidad y proporcionalidad tributaria consagrados en el articulo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos porque se le cambia de un régimen minoritario a un régimen intermedio que afecta los intereses de estas personas en particular poniéndolo en ese momento en desigualdad de los otros causantes que obtienen el mismo ingreso o mayor mensual que no enajenan mercancía de comercio exterior. Asimismo se pretende demostrar que no es valido castigar al contribuyente cambiándolo del régimen de Pequeños contribuyentes a otro régimen donde debe de pagar un mayor impuesto, pues el que el legislador y la autoridad responsable excluya a dichos contribuyentes del régimen pequeño contribuyente implica que deban de tener una capacidad administrativa mayor, pues implica cambiar a un régimen que establece mayores obligaciones fiscales y mayores cargas tributarias, por el solo hecho de vender mercancía de procedencia extranjera, aun y cuando esta se encuentra importada de manera legal en el país, y que cuenta con documentación con la que acredita su legal importación. Generalmente el legislador al imponer una carga tributaria a un causante consagrada en Ley, como es el caso en análisis de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, debe fundar y motivar dicha causa conforme a los principios de legalidad, equidad y proporcionalidad, consagrados en el articulo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, puesta debe a final de cuenta ser equitativa para el contribuyente pues no puede poner en situación de desigualdad con sus iguales, asimismo esta debe de ser proporcional conforme a los ingresos que esta persona obtenga y no a un hecho punible como lo es la legal o ilegal, supuestamente importación de la mercancía de procedencia de comercio exterior y de legalidad pues debe de dar al particular el derecho de poder defenderse ante los tribunales competentes en contra de la Ley que le causa agravio y perjuicio. Dicha contribución en estudio no fundamenta ni motiva su resolución, incumpliendo con el requisito constitucional de legalidad, la fundamentación y la motivación son dos de las garantías mas importantes en el Derecho ya que con ellas se da seguridad jurídica a los gobernados y son las que mayor protección les brindan, por lo tanto la fundamentación legal de la causa consiste en que los actos de autoridad que originen molestia deben basarse en una disposición normativa general, es decir que esta prevea la situación concreta para la cual sea procedente realizar el acto de autoridad, que eTipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Tesis | Facultad de Ciencias Administrativas | Área de Préstamo | HJ4664 S352 2006 (Browse shelf(Abre debajo)) | 1 | Disponible | FCA005489 |
Especialidad en Fiscal.
Tesis (Especialidad) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2006.
Incluye referencias bibliográficas.
Mediante la presente investigación se pretende demostrar la ilegalidad e inconstitucionalidad del articulo 137 de la Ley del impuesto sobre la renta ya que derivado de su reforma en el año de 2002 hasta la fecha se ha venido causando un grave perjuicio y un doloso agravio al pequeño contribuyente que enajena mercancías de comercio exterior aunque estas sean mínimas pues esta nunca motiva y fundamenta el porque conforme a los principios de legalidad, equidad y proporcionalidad tributaria consagrados en el articulo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos porque se le cambia de un régimen minoritario a un régimen intermedio que afecta los intereses de estas personas en particular poniéndolo en ese momento en desigualdad de los otros causantes que obtienen el mismo ingreso o mayor mensual que no enajenan mercancía de comercio exterior. Asimismo se pretende demostrar que no es valido castigar al contribuyente cambiándolo del régimen de Pequeños contribuyentes a otro régimen donde debe de pagar un mayor impuesto, pues el que el legislador y la autoridad responsable excluya a dichos contribuyentes del régimen pequeño contribuyente implica que deban de tener una capacidad administrativa mayor, pues implica cambiar a un régimen que establece mayores obligaciones fiscales y mayores cargas tributarias, por el solo hecho de vender mercancía de procedencia extranjera, aun y cuando esta se encuentra importada de manera legal en el país, y que cuenta con documentación con la que acredita su legal importación. Generalmente el legislador al imponer una carga tributaria a un causante consagrada en Ley, como es el caso en análisis de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, debe fundar y motivar dicha causa conforme a los principios de legalidad, equidad y proporcionalidad, consagrados en el articulo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, puesta debe a final de cuenta ser equitativa para el contribuyente pues no puede poner en situación de desigualdad con sus iguales, asimismo esta debe de ser proporcional conforme a los ingresos que esta persona obtenga y no a un hecho punible como lo es la legal o ilegal, supuestamente importación de la mercancía de procedencia de comercio exterior y de legalidad pues debe de dar al particular el derecho de poder defenderse ante los tribunales competentes en contra de la Ley que le causa agravio y perjuicio. Dicha contribución en estudio no fundamenta ni motiva su resolución, incumpliendo con el requisito constitucional de legalidad, la fundamentación y la motivación son dos de las garantías mas importantes en el Derecho ya que con ellas se da seguridad jurídica a los gobernados y son las que mayor protección les brindan, por lo tanto la fundamentación legal de la causa consiste en que los actos de autoridad que originen molestia deben basarse en una disposición normativa general, es decir que esta prevea la situación concreta para la cual sea procedente realizar el acto de autoridad, que e