La legalidad de los pagos provisionales del impuesto sobre la renta de las personas morales [recurso electrónico] / Martín Contreras Alarcón; director, Esther Eduviges Corral Quintero.

Por: Contreras Alarcón, MartínColaborador(es): Corral Quintero, Esther Eduviges [dir.] | Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias AdministrativasTipo de material: Archivo de ordenadorArchivo de ordenadorDetalles de publicación: Mexicali, Baja California, 2014Descripción: 1 recurso en línea, varias paginacionesTema(s): Impuesto al valor agregado -- Legislación -- México -- Tesis y disertaciones académicasClasificación LoC:KGF4758 | C65 2014Recursos en línea: Tesis digitalArchivo de ordenador Nota de disertación: Tesis (Maestria) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2014. Resumen: El presente trabajo tiene como objetivo primordial desarrollar un análisis acerca de la legalidad de los pagos provisionales del Impuesto sobre la renta (ISR), que deben de realizar las personas morales del régimen general de ley en México, a cuenta del impuesto anual en correlación a los principios de justicia tributaria instituidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la interpretación doctrinal y del Poder Judicial de la Federación. La metodología seguida es investigación cualitativa ya que se investigo el comportamiento de la legalidad de los pagos provisionales de Impuesto Sobre la Renta de las personas morales en la constitución, leyes, decretos, códigos, libros, revistas, periódicos, tesis de doctorado, entrevistando empresarios, visitando empresas así como jurisprudencias y tesis aisladas. Los hallazgos en esta investigación son que los empresarios requieren de una buena asesoría fiscal porque temen determinar un resultado fiscal anual que dé como resultado un coeficiente de utilidad grande y esto les afecta económicamente porque tiene que hacer pagos provisionales con este coeficiente, que da como resultado mayor desembolso de dinero al realizar los pagos provisionales a cuenta del impuesto anual de impuesto sobre la renta del ejercicio. Aunado a esto la autoridad está facultada para realizar revisión de estos pagos provisionales, esto es tedioso para las empresas llevar el control financiero y el fiscal, es más carga administrativa para la empresa que no es productiva para la operación de la misma al contrario con las reformas de 2014 viene a darle más trabajo administrativo y de control fiscal que hace que contrate más empleados administrativos que de operación, la factura electrónica, la nómina electrónica, la presentación de las DIOT, los pagos referenciados, la contabilidad electrónica, el buzón tributario, el pago de IMSS, SAR e INFONAVOT, el FONACOT, impuesto sobre Nomina al Estado, son algunos de las cargas que la autoridad obliga a las empresas.
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Maestro en Contaduria.

Tesis (Maestria) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2014.

Incluye referencias bibliográficas.

El presente trabajo tiene como objetivo primordial desarrollar un análisis acerca de la legalidad de los pagos provisionales del Impuesto sobre la renta (ISR), que deben de realizar las personas morales del régimen general de ley en México, a cuenta del impuesto anual en correlación a los principios de justicia tributaria instituidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la interpretación doctrinal y del Poder Judicial de la Federación. La metodología seguida es investigación cualitativa ya que se investigo el comportamiento de la legalidad de los pagos provisionales de Impuesto Sobre la Renta de las personas morales en la constitución, leyes, decretos, códigos, libros, revistas, periódicos, tesis de doctorado, entrevistando empresarios, visitando empresas así como jurisprudencias y tesis aisladas. Los hallazgos en esta investigación son que los empresarios requieren de una buena asesoría fiscal porque temen determinar un resultado fiscal anual que dé como resultado un coeficiente de utilidad grande y esto les afecta económicamente porque tiene que hacer pagos provisionales con este coeficiente, que da como resultado mayor desembolso de dinero al realizar los pagos provisionales a cuenta del impuesto anual de impuesto sobre la renta del ejercicio. Aunado a esto la autoridad está facultada para realizar revisión de estos pagos provisionales, esto es tedioso para las empresas llevar el control financiero y el fiscal, es más carga administrativa para la empresa que no es productiva para la operación de la misma al contrario con las reformas de 2014 viene a darle más trabajo administrativo y de control fiscal que hace que contrate más empleados administrativos que de operación, la factura electrónica, la nómina electrónica, la presentación de las DIOT, los pagos referenciados, la contabilidad electrónica, el buzón tributario, el pago de IMSS, SAR e INFONAVOT, el FONACOT, impuesto sobre Nomina al Estado, son algunos de las cargas que la autoridad obliga a las empresas.

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