Falta de legislación y el impacto socio-jurídico del matrimonio entre personas del mismo sexo en el Estado de Baja California [recurso electrónico] / Cecilia Córdova Valle ; director, Evangelina Flores Preciado.

Por: Córdova Valle, CeciliaColaborador(es): Flores Preciado, Evangelina, dir | Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de DerechoTipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Mexicali, Baja California, 2017Descripción: 1 recurso en línea ; 68 p. : il. colTema(s): Matrimonio entre personas del mismo sexo -- Legislación -- México -- Baja California -- Tesis y disertaciones académicas | Parejas homosexuales -- Situación legal -- México -- Baja California -- Tesis y disertaciones académicasClasificación LoC:KGF484 | C67 2017Recursos en línea: Tesis digitalTexto Nota de disertación: Tesis (Especialidad) Universidad Autónoma de Baja California Facultad de Derecho, Mexicali, 2017. Resumen: El objetivo del presente trabajo inicia con la historia del matrimonio, la familia, sus conceptos, su evolución y el estatus actual de estas instituciones, así como su regulación jurídica; antecedente necesario para llegar a la parte medular del tema del matrimonio entre personas del mismo sexo, que no se encuentra regulado en el Código Civil del Estado de Baja California. El matrimonio entre personas del mismo sexo, se origina en Europa a mediados de 1981. Al inicio solo eran uniones civiles, hasta llegar a la regulación de la institución del matrimonio, originados por diversos movimientos en Francia, Alemania y otros países de la actual Unión Europea como se mencionan en esta presentación. A su vez la escritora Marina Castañeda señala Que esto ocasiono a nivel mundial, una corriente de opinión a favor del mismo, lo cual generó la movilización de grupos homosexuales, principalmente en Estados Unidos de Norteamérica, en la que invocando las libertades civiles protegidas por su Constitución, concedió licencia para contraer matrimonio a varias parejas homosexuales, pese a no estar comprendidas dentro del concepto tradicional del matrimonio. (La nueva homosexualidad, 2006, pág. 75) En ese mismo sentido bajo la influencia de las reformas relacionadas con la autorización del matrimonio entre personas del mismo sexo, se ha regulado este contrato social en diversos países como: Bélgica, España, Sudáfrica, Noruega, Suecia, Portugal, Islandia, Canadá, Francia, Portugal, Holanda, Dinamarca, Nueva Zelandia, en algunos estados de los Estados Unidos de Norteamérica, y desde luego en nuestro país, en las Entidades Federativas de Quintana Roo, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Guerrero, Nayarit, Chiapas, Hidalgo y Nuevo León. Los reconocimientos efectuados en los países que preceden en el párrafo anterior y en las Entidades Federativas mexicanas, mencionados concebían como lejana la figura del matrimonio igualitario. Sin embargo, en la Ciudad de México entro en vigor en noviembre el dos mil nueve, el matrimonio civil entre personas del mismo sexo, convirtiéndose esta ciudad del país, en una de las primeras, en 7 permitir estas uniones, en el territorio nacional, pasando de la llamada Ley de Sociedad en Convivencia, a la legislación en el Código Civil para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México), con respecto al matrimonio civil, con los derechos y obligaciones que este conlleva. Aunado a las reformas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en el año 2011, donde se incorporan los Derechos Humanos en el artículo 1°, que establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en ella y queda prohibida la discriminación de cualquier tipo; así mismo el artículo cuarto se determina la igualdad de género y la protección de la familia. Por lo anteriormente expuesto, se coloca nuevamente en la palestra la posibilidad de que en todo el territorio nacional, se celebrarán uniones de personas del mismo sexo, reconocidos como una institución, basándose en los artículos mencionados, de nuestra Carta Magna. Sin embargo, en la Ciudad de Mexicali y en el Estado de Baja California, solo existe la posibilidad de celebrarlo a través del juicio de amparo; estableciendo que en el Municipio de Mexicali, B. C, a través del proceso mencionado con anterioridad se han efectuado dos matrimonios de este tipo, la primera es la más conocida por publicidad que se le dio, implementándose como un parte aguas, para otras parejas de homosexuales, que deseen legalizar su unión, tanto así, que se realizó un documental “dirigido por Cristina Herrera Borquez, llamado Etiqueta no rigurosa que se presentó en el Festival de cine en Palm Spring 2017, resultando ganadora del premio John Shlesinger como el mejor documental”. (Etiqueta no rigurosa, 2017)
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Existencias
Tipo de ítem Biblioteca actual Colección Signatura Copia número Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Tesis Facultad de Derecho Mexicali
Colección de Tesis KGF484 C67 2017 (Browse shelf(Abre debajo)) 1 Disponible DER017684

Especialidad en Derecho.

Tesis (Especialidad) Universidad Autónoma de Baja California Facultad de Derecho, Mexicali, 2017.

Incluye referencias bibliográficas.

El objetivo del presente trabajo inicia con la historia del matrimonio, la familia, sus conceptos, su evolución y el estatus actual de estas instituciones, así como su regulación jurídica; antecedente necesario para llegar a la parte medular del tema del matrimonio entre personas del mismo sexo, que no se encuentra regulado en el Código Civil del Estado de Baja California. El matrimonio entre personas del mismo sexo, se origina en Europa a mediados de 1981. Al inicio solo eran uniones civiles, hasta llegar a la regulación de la institución del matrimonio, originados por diversos movimientos en Francia, Alemania y otros países de la actual Unión Europea como se mencionan en esta presentación. A su vez la escritora Marina Castañeda señala Que esto ocasiono a nivel mundial, una corriente de opinión a favor del mismo, lo cual generó la movilización de grupos homosexuales, principalmente en Estados Unidos de Norteamérica, en la que invocando las libertades civiles protegidas por su Constitución, concedió licencia para contraer matrimonio a varias parejas homosexuales, pese a no estar comprendidas dentro del concepto tradicional del matrimonio. (La nueva homosexualidad, 2006, pág. 75) En ese mismo sentido bajo la influencia de las reformas relacionadas con la autorización del matrimonio entre personas del mismo sexo, se ha regulado este contrato social en diversos países como: Bélgica, España, Sudáfrica, Noruega, Suecia, Portugal, Islandia, Canadá, Francia, Portugal, Holanda, Dinamarca, Nueva Zelandia, en algunos estados de los Estados Unidos de Norteamérica, y desde luego en nuestro país, en las Entidades Federativas de Quintana Roo, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Guerrero, Nayarit, Chiapas, Hidalgo y Nuevo León. Los reconocimientos efectuados en los países que preceden en el párrafo anterior y en las Entidades Federativas mexicanas, mencionados concebían como lejana la figura del matrimonio igualitario. Sin embargo, en la Ciudad de México entro en vigor en noviembre el dos mil nueve, el matrimonio civil entre personas del mismo sexo, convirtiéndose esta ciudad del país, en una de las primeras, en 7 permitir estas uniones, en el territorio nacional, pasando de la llamada Ley de Sociedad en Convivencia, a la legislación en el Código Civil para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México), con respecto al matrimonio civil, con los derechos y obligaciones que este conlleva. Aunado a las reformas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en el año 2011, donde se incorporan los Derechos Humanos en el artículo 1°, que establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en ella y queda prohibida la discriminación de cualquier tipo; así mismo el artículo cuarto se determina la igualdad de género y la protección de la familia. Por lo anteriormente expuesto, se coloca nuevamente en la palestra la posibilidad de que en todo el territorio nacional, se celebrarán uniones de personas del mismo sexo, reconocidos como una institución, basándose en los artículos mencionados, de nuestra Carta Magna. Sin embargo, en la Ciudad de Mexicali y en el Estado de Baja California, solo existe la posibilidad de celebrarlo a través del juicio de amparo; estableciendo que en el Municipio de Mexicali, B. C, a través del proceso mencionado con anterioridad se han efectuado dos matrimonios de este tipo, la primera es la más conocida por publicidad que se le dio, implementándose como un parte aguas, para otras parejas de homosexuales, que deseen legalizar su unión, tanto así, que se realizó un documental “dirigido por Cristina Herrera Borquez, llamado Etiqueta no rigurosa que se presentó en el Festival de cine en Palm Spring 2017, resultando ganadora del premio John Shlesinger como el mejor documental”. (Etiqueta no rigurosa, 2017)

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