TY - DATA AU - Castillo Benítez,Aseneth Jazmin AU - López López,Blanca Estela ED - Universidad Autónoma de Baja California. TI - Legalidad y efectos de congelamiento de cuentas bancarias de los contribuyentes por existir irregularidades en la situación tributaria AV - KGF1149 C38 2009 PY - 2009/// CY - Mexicali, Baja California KW - Instituciones financieras KW - México KW - Tesis y disertaciones académicas KW - lemb KW - Bancos KW - Operaciones bancarias N1 - Especialidad en Fiscal; Tesis (Especialidad) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2009; Incluye referencias bibliográficas N2 - Al momento de llegar a la ventanilla bancaria y se dijeran solamente de palabra que su cuenta bancaria esta congelada por Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Sin ningún previo aviso, sin ningún acto administrativo notificatorio, sin dinero, el contribuyente se encuentra totalmente desorientado e iracundo. SHCP requiere a los bancos que le informen de los ingresos por intereses que tuvieron los contribuyentes con cuentas bancarias: a quien se le pagaron los intereses, cuanto fue lo que se pagó al comerciante, empresa o persona en común, el monto de lo que se invirtió, la forma en la cual se determinaron los intereses. Irregularidades o agravios al respecto. Violación del secreto bancario por parte de la Institución Bancaria al no respetar el contrato privado de la información confidencial, no se conoce el documento con el cual se es ejecutado esta violación: Nadie puede ser juzgado sin antes haber sido escuchado (Art. 17 Constitucional), la cuenta bancaria forma parte de su contabilidad: Nadie puede ser molestado en su persona, papeles o posesiones sino en virtud de un mandamiento por escrito (Art. 16 Constitucional), generación de altos agravios al patrimonio de cada quien ( Art. 5 Constitucional). Medio de Defensa Fiscal. Proceder de manera inmediata a presentar Juicio de Nulidad ante los Tribunales Federales de Justicia Fiscal y Administrativa, debe de alejarse el hecho de un acto no notificado, dando a entender que no conoce dicho acto (congelamiento de la cuenta bancaria por una supuesta deuda fiscal o derivación de un Crédito Fiscal por un acto que no se autorizó). Debe de hacer valer los derechos en oportunidad de tiempo, forzosamente defenderse ante los Tribunales Federales, de lo contrario se dará a entender que se está de acuerdo con el acto, y la autoridad podrá proceder a hacer lo que juzgue conveniente embargar; la cuenta bancaria o aplicar un Crédito Fiscal contra la misma cuenta bancaria. Estoy de acuerdo con estas medidas fiscales por parte de SHCP, pero siempre y cuando: se proceda legalmente con los actos respectivos, no exista violación a las garantías de todos como mexicanos, se fiscalice a personas con verdadera capacidad económica, se fiscalice a personas que no cuenten con Registro Federal de Contribuyentes. Un ejemplo es que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación otorgó facultades al Instituto Federal Electoral como autoridad hacendaría, para que el IFE pueda auditar las cuentas bancarias de los partidos políticos, dicha facultad fue estipulada por medio de una Jurisprudencia que será obligatoria para que la Comisión Nacional Bancaria proporcione todo tipo de información de los bancos de los UR - https://drive.google.com/open?id=1378sPH6IVZZGUOGfVB2F5JMbYk8EWKi6 ER -