000 02810cmm a2200277 a 4500
001 u333616
003 MX-MeUAM
005 20180724081500.0
008 120309s2010 mx fo d spa d
040 _cMX-MeUAM
050 0 _aKGF4758
_bR35 2010
100 1 _aRamírez García, Jesús Arnoldo.
245 1 0 _aPagos mensuales del Impuesto al Valor Agregado
_h[recurso electrónico] /
_cJesús Arnoldo Ramírez García ; asesor Martiniano Guzmán Robles.
260 _aMexicali, Baja California,
_c2010.
300 _a1 recurso en línea, 16 p.
500 _aEspecialidad en Fiscal.
502 _aTesis (Especialidad) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2010.
504 _aIncluye referencias bibliográficas.
520 _aAhora bien, del estudio efectuado, a la ley del Impuesto al Valor Agregado, se concluye que las autoridades fiscales en ejercicio de sus facultades de comprobación, pone hincapié en que el contribuyente declare la totalidad del valor de los actos o actividades realizadas, ya sean gravados o exentos del impuesto, aplicando la tasa correspondiente, esto en cada uno de los meses del ejercicio, revisando el rubro de bancos, así también el verificar que para proceder al acreditamiento del impuesto, se cumpla con los requisitos señalados en el artículo 5 de la ley materia del estudio, por tal razón es recomendable tener pleno conocimiento de las disposiciones fiscales, referente al Impuesto al Valor Agregado, así como llevar un control estricto de bancos, que la documentación comprobatoria reúna los requisitos fiscales, así como el hecho de que las erogaciones sean deducibles para efectos del Impuesto Sobre la Renta, y que hayan sido efectivamente pagados en el mes que se pretenda acreditar. Concluyendo que, en el caso de que la autoridad fiscalizadora, durante el desarrollo de una visita domiciliaria o revisión de contabilidad (gabinete), encuentra omisiones en el pago mensual del Impuesto al Valor Agregado, el no corregir su situación fiscal, dicha conducta, seria sancionada con 55% de la multa, más un 50% de aumento por considerarse agravante, lo cual elevaría un 105% las sanciones, sin embargo al corregir su situación fiscal la multa máxima seria de un 20% sobre las contribuciones om
650 7 _aImpuesto al valor agregado
_vTesis y disertaciones académicas.
_2lemb
700 1 _aGuzmán Robles, Martiniano,
_edir.
710 2 _aUniversidad Autónoma de Baja California.
_bFacultad de Ciencias Administrativas.
856 4 _uhttps://drive.google.com/open?id=1h6yGrYAFrBnLPGSgaCdL78n-RKaW_CGV
_zTesis digital
942 _cTESIS
999 _c173984
_d173984