000 03138cmm a2200265 a 4500
001 u346960
003 SIRSI
008 131004s2013 mx g spa d
040 _cMX-MeUAM
050 0 _aKGF4589
_bS358 2013
100 1 _aSantamaria Mimila, Nancy Elizabeth.
245 1 0 _aAnálisis del alcance de la responsabilidad solidaria de la persona física frente al físico, ante la exigibilidad de los créditos fiscales
_h[recurso electrónico] /
_c Nancy Elizabeth Santamaria Mimila Ayala ; director, Celso Vergara Hernández.
260 _aMexicali, Baja California,
_c2013.
300 _a1 disco compacto ;
_c4 3/4 plg.
500 _aMaestría en Contaduría.
520 _aEn el ámbito tributario el completo cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes tiene, para la ley, una importancia de primer orden, en función de la trascendencia social y del interés general que reviste el pago de impuestos, como soporte fundamental para el sostenimiento del gasto público. En nuestro país las disposiciones fiscales, obligan a pagar contribuciones en primer término a las personas físicas y a las personas morales, las cuales llevan a cabo actos previstos por las leyes en los cuales intervienen los elementos generadores de un impuesto tales como el sujeto, objeto, base, tasa o tarifa. Y en segundo momento a las personas que no siendo los sujetos directos, se convierten en responsables solidarios, es decir que sin tener la condición de contribuyentes, deben cumplir la obligación atribuida a éste. Por mencionar algunos, están: los Socios o Accionistas de Sociedades Mercantiles, Directores o Gerentes Generales o Administradores Únicos, Representantes Legales, Retenedores, Notarios, etc. Las consecuencias económicas de incurrir en responsabilidad solidaria o directa en algunos casos logran ser muy importantes, ya que el incumplimiento de obligaciones fiscales puede ocasionar inestabilidad o lesiones significativas al patrimonio del particular afectado. En relación a lo anterior, es importante conocer cuáles son los supuestos previstos en las disposiciones fiscales como activadores de la responsabilidad solidaria y cuál es el límite y el alcance que tiene la autoridad tributaria para hacer efectivo el cobro, es decir, hasta donde tiene como propósito esencial, ampliar las posibilidades jurídicas para hacer efectiva la entera satisfacción de las obligaciones fiscales, en cada situación prevista en el artículo 26 de CFF en cuanto a la particular intervención de un tercero que responderá por el pago de los créditos fiscales de u
502 _aTesis (Maestría) --Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Administrativas, Mexicali, 2013.
504 _aIncluye referencias bibliográficas.
650 7 _aImpuestos
_zMéxico
_vTesis y disertaciones académicas.
_2lemb
650 7 _aContratos y responsabilidad
_zMéxico
_vTesis y disertaciones académicas.
_2lemb
700 1 _aVergara Hernández, Celso,
_edir.
710 2 _aUniversidad Autónoma de Baja California.
_bFacultad de Ciencias Administrativas.
596 _a27
942 _cTESIS
999 _c185740
_d185740